lunes, 26 de mayo de 2008

(mal) Manejo en las rutas

Este fin de semana que pasó viajé en mi auto desde la ciudad de Quilmes, en Buenos Aires a la de Santa Fe en la provincia del mismo nombre.
No obstante haber tenido un viaje tranquilo y sin sobresaltos, tanto a la ida como al regreso, observé innumerables infracciones de tránsito: algunas que son lamentablemente habituales en las rutas, como el exceso de velocidad. Viajando a la velocidad máxima en autopistas (en el caso la Bs. As.-Rosario), o sea 130km/h fui sobrepasado por decenas de autos a una velocidad muy superior.
También debo destacar el poco uso de las luces de giro, que deben accionarse al cambiar de carril en cada cambio que se haga.
Al respecto el art. 73º del Decreto 40/07 que rige en la Pcia. de Buenos Aires expresa en cuanto al adelantamiento:
"... Debe advertir al que le precede su intención de sobrepasarlo por medio de destellos de las luces frontales o la bocina en zona rural. En todos los casos, debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral;"

En igual sentido transcribo el artículo completo de la Ley de Tránsito 24449 referente a este tema:

"ARTICULO 42. — ADELANTAMIENTO. El adelantamiento a otro vehículo debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas:
a) El que sobrepase debe constatar previamente que a su izquierda la vía esté libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún conductor que le sigue lo esté a su vez sobrepasando;
b) Debe tener la visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso;
c) Debe advertir al que le precede su intención de sobrepasarlo por medio de destellos de las luces frontales o la bocina en zona rural. En todos los casos, debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral;
d) Debe efectuarse el sobrepaso rápidamente de forma tal de retomar su lugar a la derecha, sin interferir la marcha del vehículo sobrepasado; esta última acción debe realizarse con el indicador de giro derecho en funcionamiento;
e) El vehículo que ha de ser sobrepasado deberá, una vez advertida la intención de sobrepaso, tomar las medidas necesarias para posibilitarlo, circular por la derecha de la calzada y mantenerse, y eventualmente reducir su velocidad;
f) Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso;
g) Los camiones y maquinaria especial facilitarán el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina periódicamente;"

Espero que la próxima vez que me toque viajar note una considerable mejora en el manejo, ya que la imprudencia no siempre será acompañada con la suerte que hasta ahora tuvieron...

2 comentarios:

Anónimo dijo...

tenes algo sobre prohibido estacionar y detenerse?

Galileo dijo...

Lo tengo un poco olvidado a este blog. Lamentablemente tengo fotos de todas las infracciones que se te ocurran. Cuando pueda me pongo al día... Saludos!